Inspección de Clase

La prevención es el mejor aliado para la seguridad de toda embarcación

Las inspecciones marítimas son actividades destinadas a conocer el estado de un barco, de su cargamento, de su equipamiento o de su tripulación.

Son diversos los motivos que hacen necesarias estas actividades, siendo el principal motivo la seguridad de la tripulación y el estado físico de la embarcación; obedecen a distintas regulaciones  al amparo de alguna ley nacional o bien sometidas al arbitraje del derecho internacional.


Históricamente, Agencias de Seguros (P & I) y Empresas de manipulación de la carga han necesitado un sistema objetivo con el fin de evaluar el estado de los buques. Esto condujo a la creación de un sistema de clasificación de buques por tipo y edad. Con la introducción de la Motorización de los Estados de Bandera y la certificación a finales del siglo pasado, las sociedades de clasificación han sido responsables de la realización de tales asuntos, con la validación de clase y sus auditorias necesarias convirtiéndose en la base para la emisión del certificado de seguridad de construcción y de navegabilidad. Esta estrecha relación entre el Estado de Bandera y Regulación de Clase , se declara como obligatorio en la modificación del Convenio SOLAS Reg 1996. II-1/3 a 1.

Bajo este paradigma podemos establecer las inspecciones marítimas como un medio en la industria que nos permite demostrar el nivel de cumplimiento de los barcos respecto a una determinada norma y obligación.

Ahora bien, una inspección de clase se realiza a nombre de una sociedad de clasificación, esto para asegurar de que el navío cuenta con los requerimientos mínimos para navegar de forma segura; cabe destacar que estas inspecciones se realizan con previa certificación de dicha sociedad.

Seven Seas, C.A., cuenta con certificación de parte de: 

Idealmente las inspecciones de clase se realizan en dique seco, esto quiere decir, el navío en un dique es extraído del agua para así proceder a realizar una minuciosa inspección; este proceso según lo establecido en el Convenio SOLAS y lo certificado por las clases debe llevarse a cabo sin excepción cada 5 años, sin embargo, la realidad es otra, el tiempo de realización sigue siendo el mismo, cada 5 años el navío se somete a una inspección de clase, para así determinar su vida útil según lo avalado por la clase, lo que varía es que en lugar se realiza, si en dique seco o si se realiza bajo el agua en un puerto.

El hecho de que se realice en Dique seco o en un muelle tiene una poderosa razón, la acción de llevar un buque a Dique seco (los cuales no son accesibles en cualquier parte del mundo) conlleva un gasto enorme y requiere mucho tiempo, sin mencionar, que el buque debe cambiar su ruta para ello, por esta razón, las sociedades acordaron que cada 5 años el navío se somete a dicha inspección en el agua con ayuda de operadoras de buceo certificadas, y dependiendo de esta experticia se determina si el mismo es capaz de seguir navegando, si requiere reparaciones o si obligatoriamente debe ir a Dique seco. Esto con el único fin, de agilizar el proceso y a su vez, no retrasar las operaciones de la embarcación.

Es de suma importancia aclarar que cada 10 años es necesario someter la embarcación a una inspección de clase en Dique seco. Los trámites y procedimientos legales para llevar a cabo estas operaciones varían dependiendo de las normas regulatorias legales de cada país, sin embargo, el proceso es el mismo.

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